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    <fecha_publicacion>2011/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sección Vigésima primera. Recurso 825 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Vigésima Primera
 EDICTO
 
 112 
 Recurso 825 de 2008 
  Doña María del Pilar Martínez-Conde Ramírez, secretaria de la Sección Vigésima Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sección se sigue la apelación del juicio ordinario número 896 de 2006, del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, bajo número de rollo 825 de 2008, habiéndose dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 90 de 2011
  Visto siendo magistrado-juez ponente el ilustrísimo señor don Ramón Belo González.
  Fallamos
  Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por “Mapfre Automóviles, Sociedad Anónima”, debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada el día 31 de octubre de 2007 por el magistrado-juez titular del Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, en el juicio ordinario número 232 de 2007, del que la presente apelación dimana y cuya parte dispositiva se transcribe en el primer antecedente de hecho de la presente y se da aquí por reproducida.
  Las costas de esta segunda instancia deberán ser abonadas por cada parte, las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
  Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno, ordinario o extraordinario, por lo que deviene firme.
  Devuélvanse los autos originales, con certificación de la presente sentencia, al Juzgado de primera instancia número 54 para su ejecución y cumplimiento.
  Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que conste y sirva de edicto de notificación al apelado don Iankov Bisser Vesselol, que se encuentra incomparecido, y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se expide el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 6 de junio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/22.088/11)</texto>
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