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    <fecha_publicacion>2011/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento ordinario 2.303 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Procedimiento ordinario 2.303 de 2009 
  En el procedimiento ordinario número 2.303 de 2009, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 47 de 2011
  En Madrid, a 1 de marzo de 2011..Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 2.303 de 2009, seguidos ante este Juzgado “Caja de Ahorros de Vitoria y Álava”, con procuradora doña Blanca María Grande Pesquero y letrado don Esteban Zato Tajada y como demandado don Jerónimo Tomás Moralejo, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad y los siguientes:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por la procuradora señora Grande Pesquero, en nombre y representación de 3.163,59 euros, la “Caja de Ahorros de Vitoria y Álava”, contra don Jerónimo Tomás Moralejo, condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 3.163,59 euros, más los intereses de demora desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, y todo ello con condena al demandado en las costas del procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se presentará mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones número 2438, de “Banesto” de este Juzgado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
  Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de los de Madrid..Doy fe.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, de lo que yo, el secretario..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jerónimo Tomás Moralejo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 25 de abril de 2011..El secretario (firmado).
  (02/5.769/11)</texto>
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