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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 233 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 205 
 Ejecución 233 de 2010 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 233 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Anda Mihaela, doña Eliska Felcmanova y doña Mirella Cojocaru, contra la empresa “Sana Food, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 2 de junio de 2011..En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Sana Food, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia por importe de 13.986,42 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Visto el estado de los autos, encontrándose la mercantil ejecutada “Sana Food, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, remítase el oportuno edicto para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de que se notifique en legal forma a la misma la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sana Food, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.049/11)</texto>
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