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    <fecha_publicacion>2011/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 46 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 219 
 Ejecución 46 de 2011 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 46 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Leonardo Gust Lebel Legua Benavente, don Efrén Jamil Condolo Condolo, doña Cristina Parrales Ramírez, don Antonio Romero Gómez, doña Francisca Alonso Montalvo y doña Naiara Ruperto Martínez, contra la empresa “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 1 de junio de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretario judicial, don Francisco Javier Mendoza Castellano..En Madrid, a 1 de junio de 2011.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 31.314,58 euros de principal, distribuidos de la siguiente forma:
  A doña Cristina Parrales Ramírez: 7.452,30 euros.
  A don Leonardo Gust Lebel Legua Benavente: 862,92 euros.
  A don Efrén Jamil Condolo Condolo: 4.207,60 euros.
  A don Antonio Romero Gómez: 8.324,07 euros.
  A doña Francisca Alonso Montalvo: 6.038,59 euros.
  A doña Naiara Ruperto Martínez: 1.582,32 euros.
  Esta declaración de insolvencia se entenderá a todos los efectos como provisional.
  Archívese la presente resolución y dese de baja en los libros correspondientes.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta del Juzgado número 2524/0000/00/0046/11 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.249/11)</texto>
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