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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CUBAS DE LA SAGRA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Cubas de la Sagra. Personal. Nombramiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>158</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cubas de la Sagra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA 
 PERSONAL
 
 57 
 Nombramiento 
  Finalizado el proceso selectivo para proveer, mediante concurso-oposición, una plaza de agente de Empleo y Desarrollo Local, en régimen de personal laboral fijo, por la presente y a la vista de la propuesta de contratación realizada por el tribunal calificador, por resolución de Alcaldía 581/2011, de 20 de junio, se declara que el opositor aprobado por orden de puntuación y a favor del cual se hace la propuesta de contratación, es el siguiente:
  .	Doña Eva María Martínez Rodríguez, con DNI 50457650-C.
  Lo que se pone de manifiesto a efectos de lo dispuesto en el Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, para que en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de la propuesta de contratación del aspirante seleccionado realizada por el tribunal calificador, presente los documentos acreditativos de los requisitos y condiciones de capacidad exigidos en los puntos 3 y 9 de la convocatoria.
  Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentase la ­documentación requerida o de la misma se dedujese que se carece de alguno de los requisitos exigidos, no se podrá proceder a la contratación, quedando anuladas todas las actuaciones del aspirante, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación. En caso de presentar toda la documentación y cumplir todos los requisitos se procederá a la contratación de dicho aspirante.
  En Cubas de la Sagra, a 20 de junio de 2011..El alcalde-presidente, José Pedro ­Flores Ramos.
  (03/22.866/11)</texto>
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