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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 276 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>159</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 193 
 Demanda 276 de 2011 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 276 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Eugenio Macías Talavera, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando las demandas interpuestas por don Francisco Eugenio Macías Talavera y don Jorge Talavera Duque, respectivamente, frente a la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en materia de despido, debo declarar la improcedencia del despido de que fueron objeto los actores el día 17 de enero de 2011; declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes demandantes y demandada desde la fecha de esta resolución y condenando a la mercantil demandada a abonar a cada uno de los trabajadores demandantes las siguientes cantidades en concepto de indemnización:
  A don Francisco Eugenio Macías Talavera: 12.685,61 euros (salvo error u omisión)
  A don Jorge Talavera Duque: 3.800,17 euro (salvo error u omisión).
  Asimismo, debo condenar y condeno a la citada empresa a abonar a los actores los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido (17 de enero de 2011) hasta la fecha de la presente resolución, a razón de un salario diario de 50,49 euros respecto del señor Macías, y de 44,06 euros/día respecto del señor Talavera; sin perjuicio de descontar, en su caso, la cuantía correspondiente al salario percibido por los demandantes en el nuevo empleo que vienen desempeñando desde el 7 de marzo de 2011.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 8 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.480/11)</texto>
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