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    <identificador>BOCM-20110714-113</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/07/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento ordinario 293 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>165</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 
 113 
 Procedimiento ordinario 293 de 2008 
  En el procedimiento ordinario número 293 de 2008, sobre otras materias, a instancias de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, con procurador don José Guerrero Tramoyeres, contra don Dacian Nicolae Raducan, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado la siguiente
  Sentencia
  En Madrid, a 11 de mayo de 2011..La ilustrísima señora doña Milagros del Saz Castro, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 17 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 293 de 2008, a instancias de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, representada por el procurador señor Guerrero Tramoyeres, contra don Dacian Nicolae Raducan, en rebeldía procesal.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Guerrero Tramoyeres, en nombre y representación de “Banque PSA Finance”, sucursal en España, frente a don Dacian Nicolae Raducan, en situación procesal de rebeldía, debo:
  1.  Condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la suma de 6.280,58 euros, más intereses pactados al tipo del 2 por 100 mensual.
  2.  Condenar y condeno al demandado al abono de las costas procesales causadas.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), debiendo constituir el depósito exigido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a don Dacian Nicolae Raducan y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se expide el presente.
  En Madrid, a 24 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (02/6.153/11)</texto>
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