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    <fecha_publicacion>2011/07/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 170 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 192 
 Ejecución 170 de 2011 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2011-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Orlando Vargas Alcocer, contra la empresa “Romero del Hombre Bueno Carpintería y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución  de la sentencia de fecha 18 de febrero de 2011 a favor de la parte ejecutante don Orlando Vargas Alcocer y don José Vicente Molina Ramírez, frente a “Romero del Hombre Bueno Carpintería y Reformas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe total de 16.382,95 euros de principal, más 1.638,29 euros presupuestados para intereses y costas de ejecución, desglosado de la siguiente manera: para don Orlando Vargas Alcocer, una indemnización de 4.325,62 euros, más 5.536,8 euros de salarios de tramitación, y para don José Vicente Molina Ramírez, una indemnización de 1.431,33 euros, más 5.089,2 euros de salarios de tramitación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Romero del Hombre Bueno Carpintería y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 15 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.469/11)</texto>
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