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    <titulo>– Madrid. Licencias. Pleno del Ayuntamiento. Perfumería Grupo Oriental</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
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 Perfumería Grupo Oriental 
  Acuerdo del Pleno, de 30 de noviembre de 2010, por el que se aprueba definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la implantación de la actividad de oficinas en la planta primera del edificio situado en la calle Postigo de San Martín, número 9, promovido por “Perfumería Grupo Oriental”, Distrito de Centro.
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para implantación de oficinas en planta primera del edificio sito en la calle Postigo de San Martín, número 9 (expediente número 101/09/14129), promovido por “Perfumería Grupo Oriental”, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 25 de noviembre de 2009, sin que se hayan presentado alegaciones».
  Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 10 de diciembre de 2010 un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
  Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Todo ello sin perjuicio de que la interesada ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Madrid, a 20 de diciembre de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/258/11)</texto>
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