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    <fecha_publicacion>2011/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 971 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 107 
 Demanda 971 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial (en sustitución) del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 971 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Méndez Bravo, contra la empresa “Integral Transport Service, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial y don Carlos Zarco Puente, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 322 de 2011
  En Madrid, a 25 de mayo de 2011..Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Laura Méndez Bravo, que comparece asistida por la letrada doña María Sánchez Lesma, y de otra, como demandados, “Integral Transport Service, Sociedad Anónima”, que no comparece; Fondo de Garantía Salarial, que comaprece asistido del letrado don Víctor García Rodríguez, y don Carlos Zarco Puente, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por doña Laura Méndez Bravo, frente a “Integral Transport Service, Sociedad Anónima”, y a su administrador concursal don Carlos Zarco Puente, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demanda a abonar a la actora la cantidad de 1.284,94 euros. Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Integral Transport Service, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.476/11)</texto>
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