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    <identificador>BOCM-20110801-188</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Granada número 3. Cantidad 125 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>180</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 188 
 Cantidad 125 de 2011 
  Doña Mercedes Puya Jiménez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Granada.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 355 de 2010 a instancias de la parte actora doña Beatriz Vilchez Vera, contra “Tribuneshop, Sociedad Anónima”, “Evora Stone, Sociedad Limitada”, “Emin Star, Sociedad Limitada”, y “Factory Style, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 31 de mayo de 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Parte dispositiva:
  Su señoría ilustrísima, dijo: Se despacha ejecución en favor de doña Beatriz Vilchez Vera, contra “Tribuneshop, Sociedad Anónima”, “Evora Stone, Sociedad Limitada”, “Emin Star, Sociedad Limitada”, y “Factory Style, Sociedad Limitada”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.411,16 euros en concepto de principal, más la de 480 euros calculados para intereses y gastos.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho de las ejecutadas a oponerse con los requisitos establecidos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y a lo resuelto.
  Y para que sirva de notificación a las demandadas contra “Evora Stone, Sociedad Limitada”, “Emin Star, Sociedad Limitada”, y “Factory Style, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Granada, a 31 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.472/11)</texto>
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