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    <fecha_publicacion>2011/08/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 183 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>181</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 145 
 Ejecución 183 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 183 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo Rosa Mercedes, doña Rita Isabel Pineda Pérez, doña Yolanda Pineda Quispe, don Édison Bolívar Mera Soledispa, don Guillermo Amancio Choez Toala, doña María Narcisa Calva Alvarado, doña María Victoria Herráez Mingo, doña Ana Francisca Ledesma Agramonte, doña Milka Petrova Tuzharova, don Álvaro Lamas Cuevas, doña Mariana Niniva Gesheve, don Ernesto Cevallos Valdivieso, doña Mihaela Luminita Ruján y don Yonathan Minoya Pineda, contra la empresa “Jani King, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones a favor de la parte ejecutante don Domingo Rosa Mercedes, doña Rita Isabel Pineda Pérez, doña Yolanda Pineda Quispe, don Édison Bolívar Mera Soledispa, don Guillermo Amancio Choez Toala, doña María Narcisa Calva Alvarado, doña María Victoria Herráez Mingo, doña Ana Francisca Ledesma Agramonte, doña Milka Petrova Tuzharova, don Álvaro Lamas Cuevas, doña Mariana Niniva Gesheve, don Ernesto Cevallos Valdivieso y doña Mihaela Luminita Ruján, contra la empresa “Jani King, Sociedad Limitada”, por el importe de 22.261,10 euros de principal, más 1.355,67 euros de intereses presupuestados provisionalmente y 2.226,11 euros para costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Así lo mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jani King, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de julio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.685/11)</texto>
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