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    <titulo>Madrid. Sección Veintiuna. Recurso 237 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Veintiuno
 EDICTO
 
 84 
 Recurso 237 de 2009 
  Doña María del Pilar Martínez-Conde Ramírez, secretaria de la Sección Veintiuno de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sección se sigue la apelación del juicio ordinario número 569 de 2005, del Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid, bajo número de rollo 237 de 2009, habiéndose dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallamos
  Que desestimando como desestimamos el recurso de apelación interpuesto por doña Ángeles Gracia Fernández y doña María Luisa de Cáceres Galán contra la sentencia que con fecha 8 de noviembre de 2007, pronunció la ilustrísima señora magistrada-juez de primera instancia número 11 de Madrid, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución; con imposición de las costas de este recurso a la parte apelante.
  Contra esta sentencia, cabe recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal a preparar en el plazo de cinco días ante este Tribunal, y cuyo conocimiento corresponde a la Sala Primera del Tribunal Supremo.
  Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que conste y sirva de edicto de notificación al apelado “Lenzamar, Sociedad Limitada”, que se encuentra incomparecido, y de conformidad con lo establecido en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se expide el presente, para lo cual publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de esta Sección de la Audiencia Provincial.
  Dado en Madrid, a 12 de julio de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/27.015/11)</texto>
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