<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110819-247</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Toledo número 2. Ejecución de títulos judiciales 109 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>196</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-08-19-196120820110080</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/19/BOCM-20110819-247.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/19/BOCM-20110819-247.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/19/BOCM-20110819-247.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 247 
 Ejecución de títulos judiciales 109 de 2011 
  Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 109 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José González Hernández, contra la empresa “Ferretería Industrial Yeles, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María del Pilar Martínez Gamo..En Toledo,  a 4 de abril de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de título judicial a favor de la parte ejecutante don José González Hernández, frente a “Ferretería Industrial Yeles, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 28.107,90 euros en concepto de principal, más otros 5.621,58 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  La ejecución se entenderá ampliada automáticamente si, en las fechas de vencimiento, no se hubieren consignado a disposición de este órgano judicial las cantidades correspondientes a los vencimientos que se produzcan.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ferretería Industrial Yeles, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Toledo, a 29 de junio de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.492/11)</texto>
</documento>