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    <fecha_publicacion>2011/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza venta ambulante</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>196</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar de Oreja</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Modificación ordenanza venta ambulante 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de julio de 2011, ha aprobado provisionalmente la modificación del artículo 11 de la ordenanza reguladora de la venta ambulante en la ciudad de Colmenar de Oreja.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerara definitivamente aprobado dicho acuerdo.
  En Colmenar de Oreja, a 2 de agosto de 2011..El alcalde, Francisco José García Paredes.
  (03/28.746/11)</texto>
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