<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110822-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/08/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– San Martín de Valdeiglesias. Organización y funcionamiento. Delegación atribuciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>198</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-08-22-198170820110044</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/22/BOCM-20110822-74.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/22/BOCM-20110822-74.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/08/22/BOCM-20110822-74.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 74 
 Delegación atribuciones 
  La Alcaldía Municipal, por resolución dictada en el día 28 de julio de 2011, ha resuelto lo siguiente:
  Don José Luis García Sánchez, alcalde del Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, dicta esta resolución que se fundamenta en los siguientes antecedentes y consideraciones legales:
  1.  Por el decreto de la Alcaldía, de 13 de junio de 2011, se delegó en doña María Luz Lastras Parras las Concejalías de Hacienda, Obras, Urbanismo y Empleo.
  2.  Dicha concejala se va a ausentar del Ayuntamiento entre los días 29 de julio al 7 de agosto, ambos inclusive.
  Fundamentos de derecho:
  1.  El artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), dispone que el alcalde puede acordar delegaciones generales o especiales.
  Por todo lo expuesto, en ejercicio de las facultades que me conceden las normas en vigor, dispongo:
  Primero..Se delega a favor del cuarto teniente de alcalde, don Luis Haro Berlanas, la totalidad de las atribuciones delegadas de el teniente del alcalde mediante el decreto referido, correspondientes a las Áreas de Obras, Urbanismo, Hacienda y Empleo, durante el período de ausencia (días 29 de julio de 2011 al 7 de agosto de 2011, ambos inclusive).
  Segundo..Esta resolución será efectiva desde el día de su firma y será hecha pública mediante la inserción de un edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 44 y 46 del Real Decreto 2568/1986. Asimismo, esta resolución será notificada a los interesados para su aceptación, informándoles de que de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986, la delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el plazo de tres días hábiles contados desde la notificación no realizan ninguna manifestación expresa en sentido contrario ante el órgano delegante. Asimismo, se entenderá aceptada tácitamente en el momento en que se ejerciten las respectivas atribuciones.
  Tercero..De esta resolución se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
  Cuarto..Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer los siguientes recursos:
  a)	Con carácter potestativo, un recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó a resolución impugnada, dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  b)	Directamente, contra esta resolución se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de recepción de la notificación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  	En caso de desestimación presunta del recurso de reposición, desestimación que se produce por el transcurso de un mes desde la presentación del recurso sin que se tenga recibida la notificación de la resolución correspondiente, el plazo para la presentación del recurso contencioso-administrativo será de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que no se produzca el acto presunto de acuerdo con la normativa específica aplicable según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa citada.
  San Martín de Valdeiglesias, a 30 de julio de 2011..El alcalde, José Luis García Sánchez.
  (03/28.857/11)</texto>
</documento>