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    <fecha_publicacion>2011/09/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 1.142 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>225</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 86 
 Demanda 1.142 de 2010 
  Doña María Avilés Navarro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.142 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Eduardo Piedra Balcázar, contra la empresa “Excavaciones García y Domene, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 326 de 2011
  En Madrid, a 8 de julio de 2011..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Luis Eduardo Piedra Balcázar, que comparece asistido de la letrada doña María Belén Bravo Zanca, y de otra, como demandada, “Excavaciones García y Domene, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debía estimar la demanda interpuesta por don Luis Eduardo Piedra Balcázar en concepto de reclamación de cantidad, contra la empresa “Excavaciones García y Domene, Sociedad Limitada”, y contra Fondo de Garantía Salarial, condenando a la empresa demandada al pago de la cantidad de 12.084,38 euros, en concepto de principal reclamado, más 1.208,43 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al organismo codemandado, haciéndole saber de sus posibles obligaciones en los supuestos legalmente previstos.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Luis Eduardo Piedra Balcázar,  “Excavaciones García y Domene, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de agosto de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.824/11)</texto>
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