<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111004-100</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/10/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 3. Juicio de faltas 147 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>235</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-10-04-235230920110292</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/04/BOCM-20111004-100.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/04/BOCM-20111004-100.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/10/04/BOCM-20111004-100.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 100 
 Juicio de faltas 147 de 2011 
  Doña María José Moraleja León, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 147 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don José María Escribano Lacleriga, magistrado-juez de instrucción número 3 de esta localidad, ha visto y conocido en juicio verbal del juicio de falta número 147 de 2011, seguido por hurto, en el que se ha sido parte el ministerio fiscal ejercitando la acción pública, en el que compareció “C&amp;A”, en calidad de denunciante, representada por el procurador don Carlos Martín Martín y
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Levi Stanciu, como autor de una falta de hurto, a la pena de multa de un mes, con cuota diaria de 6 euros, con aplicación del artículo 53 del Código Penal, así como al abono de las costas propias del juicio.
  Publíquese la presente en audiencia pública y notifíquese a las partes haciéndoles saber que no es firme y, que contra la misma y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante este Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo, se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Levi Stanciu, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Leganés, a 24 de agosto de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/30.753/11)</texto>
</documento>