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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/10/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Organización y funcionamiento. Cargos dedicación exclusiva total o parcial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>235</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 83 
 Cargos dedicación exclusiva total o parcial 
  De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y adoptado el acuerdo plenario, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2011, para aprobar la relación de cargos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva total o parcial y sus retribuciones, se hace público el mismo para general conocimiento, siendo este el siguiente:
  1.  Determinar que los cargos de alcalde, Concejalía-Delegada de Obras y Servicios, Concejalía-Delegada de Deportes, Educación e Infancia, Concejalía-Delegada de Comunicación, Cultura y Urbanismo, Concejalía-Delegada de Mayores, Mujer y Servicios Sociales, Concejalía-Delegada de Patrimonio y Vivienda, Agricultura, Transporte y Movilidad, Concejalía-Delegada de Formación y Empleo, Concejalía-Delegada de Juventud y Festejos, Concejalía-Delegada de Medio Ambiente, Salud y Consumo, por el desarrollo de las actividades a realizar y en función de las responsabilidades a asumir, en las mismas, se desempeñen en régimen de dedicación exclusiva, y la Concejalía de Hacienda, Infraestructuras, Seguridad y Protección Civil, asimismo, por el desarrollo de las actividades que requiere su ejercicio y la responsabilidad que se asume, realice sus funciones en régimen de dedicación exclusiva parcial, debiendo tener una presencia efectiva mínima en el Ayuntamiento de treinta y cuatro horas semanales.
  2.  Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos, tanto en régimen de dedicación exclusiva como parcial, las retribuciones que a continuación se relacionan: alcalde, 50.371,02 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Obras y Servicios, 46.136,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Deportes, Educación e Infancia, 46.136,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Comunicación, Cultura y Urbanismo, 46.136,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Mayores, Mujer y Servicios Sociales, 39.738,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Patrimonio y Vivienda, Agricultura, Transporte y Movilidad 39.738,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Formación y Empleo 39.738,44 euros brutos anuales; Concejalía-Delegada de Juventud y Festejos: 39.738,44 euros brutos anuales, Concejalía-Delegada de Medio Ambiente, Salud y Consumo, 39.738,44 euros brutos anuales; Concejalía de Hacienda, Infraestructuras, Seguridad y Protección Civil, con una retribución bruta anual de 39.215,97 euros.
  Dichas retribuciones se percibirán en 14 pagas, 12 correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
  3.  Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el presente acuerdo, a los efectos de su general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  Paracuellos de Jarama, a 30 de septiembre de 2011..El alcalde, Fernando Zurita Orden.
  (03/32.886/11)</texto>
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