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    <fecha_publicacion>2011/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Demanda 598 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 161 
 Demanda 598 de 2011 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 598 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Javier Pinilla Langreo, contra la empresa “Bienes de Senara, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda formulada por don Carlos Javier Pinilla Langreo, contra la empresa “Bienes de Senara, Sociedad Limitada”, declarando la improcedencia del despido del actor y, asimismo, la extinción de la relación laboral con efectos de fecha 7 de septiembre de 2011, condenando a la empresa demandada a abonar a la parte actora una indemnización de 16.813,57 euros y los salarios de tramitación devengados desde el 31 de marzo hasta el 7 de septiembre de 2011, a razón de 83,03 euros diarios, descontando, en su caso, en ejecución lo percibido en otro empleo durante ese lapso, o los períodos de incapacidad temporal, si los hubiere.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Bienes de Senara, Sociedad Limitada”, y administrador don Juan Cañamero González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.377/11)</texto>
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