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    <fecha_publicacion>2011/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 215 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Ejecución 215 de 2010 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña África Gutiérrez Redondo, contra don Mariano Monje Sanz, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Se acuerda:
  a)  El embargo del bien inmueble que se describe: finca urbana número 5.313, inscrita al folio 160 del tomo 894, libro 60, del término municipal de Illana, inscripción cuarta, a favor de don Mariano Monje Sanz.
  El embargo se hace sobre dicha finca para responder de la cantidad de 1.658,54 euros de principal, más 99,51 euros para intereses y más 165,85 euros para costas, en ambos casos provisionales, en la presente ejecución seguida a instancias de doña África Gutiérrez Redondo, contra don Mariano Monje Sanz.
  b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir al ejecutado para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución, cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Mariano Monje Sanz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de julio de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/31.541/11)</texto>
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