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    <fecha_publicacion>2011/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 49 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 257 
 Ejecución 49 de 2011 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 49 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Zamora Hernández y don Laureano Lorenzo López, contra la empresa “Estructuras de Hormigón Argenta, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  Magistrado-juez, don Marcos Ramos Valles..En Madrid, a 10 de junio de 2011.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en el presente procedimiento a favor de la parte ejecutante don Laureano Lorenzo López y don Francisco Zamora Hernández frente a “Estructuras de Hormigón Argenta, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.691,72 euros en concepto de principal; 269,18 euros en concepto de mora, y 538 euros presupuestados provisionalmente para costas e intereses.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículo 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguientes al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Estructuras de Hormigón Argenta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 12 de septiembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/31.991/11)</texto>
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