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    <fecha_publicacion>2011/10/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 876 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>256</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 
 158 
 Demanda 876 de 2011 
  Doña María Guadalupe Salmonte Esquivel, secretaria del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de don Alberto Arias Carrasco, contra “Eurotij, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 876 de 2011 se ha acordado notificar a “Eurotij, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, la resolución del siguiente tenor literal:
  Diligencia de ordenación..La secretaria judicial, doña María Guadalupe Salmonte Esquivel.
  Por recibidas las presentes actuaciones seguidas en el Juzgado de lo social número 22 de Madrid en los autos número 455 de 2011, únase a los autos número 876 de 2011, y de conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese traslado del mismo a todos los que sean parte en los procesos cuya acumulación se solicita, a fin de que, en el plazo común de tres días, formulen las alegaciones que estimen convenientes acerca de la acumulación pretendida.
  Hágase saber a las partes que la presente resolución no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el secretario que ha dictado la presente resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.
  Así lo ordeno, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación a “Eurotij, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 11 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.269/11)</texto>
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