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    <identificador>BOCM-20111104-120</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 54. Procedimiento ordinario 1.399 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>262</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 54 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Procedimiento ordinario 1.399 de 2010 
  El secretario del Juzgado de primera instancia numero 54.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 1.399 de 2010 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 162 de 2011
  Que en nombre de Su Majestad el Rey, en Madrid, a 14 de junio de 2011, pronuncia don Arturo Hernández Presas, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54, en el juicio ordinario número 1.399 de 2010, dimanante de juicio monitorio número 11 de 2010, seguido a instancias de “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales señora Albarracín Pascual y defendida por el letrado señor Lou Gálligo, contra don Edgar Eduardo Gómez Moncayo, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales señora Albarracín Pascual, en nombre y representación de “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, frente a don Edgar Eduardo Gómez Moncayo, en rebeldía, condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 14.845,51 euros, con los intereses de demora pactados en el contrato a partir del cierre de la cuenta (15 de octubre de 2009) y al abono de las costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
  Será requisito para la admisión del recurso que, al tiempo de prepararse el mismo, el recurrente acredite haber constituido depósito en la cuenta de consignaciones del Juzgado por importe de 50 euros (2651 de “Banesto”, calle Diego de León, número 54, haciendo constar que es para un recurso, clave 02 y número de procedimiento.
  Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Edgar Eduardo Gómez Moncayo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 14 de junio de 2011..El secretario (firmado).
  (02/6.850/11)</texto>
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