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    <identificador>BOCM-20111110-185</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Juicio de faltas 300 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 185 
 Juicio de faltas 300 de 2011 
  Don José Antonio Rincón Mora, secretario del Juzgado de instrucción número 1, anterior mixto número 8, de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 300 de 2011 se ha acordado ­señalamiento y citación de don Sansum Soli por denuncia de doña Trinidad Luque Moral, se ha acordado citarle, a fin de que el día 2 de febrero de 2012, a las diez y quince horas, asista en la Sala de vistas a la celebración del juicio de faltas seguido por injurias y amenazas, cuyos hechos ocurrieron en Torrejón de Ardoz el día 23 de febrero de 2011, en calidad de denunciado, debiendo comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse.
  Se le apercibe de que si reside/tiene su sede o local abierto en este término municipal y no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros. En caso de residir/tener su sede o local fuera de este término municipal no tiene obligación de concurrir al acto de juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su defensa, así como apoderar a abogado o procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargado que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Sansum Soli, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 19 de octubre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/35.971/11)</texto>
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