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    <fecha_publicacion>2011/11/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Recurso 1.928 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>268</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO SOCIAL
 Sección Tercera
 EDICTO
 
 111 
 Recurso 1.928 de 2011 
  Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso número 1.928 de 2011, interpuesto por don Ricardo Puertas Díaz, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y otros, sobre invalidez absoluta o total, accidente de trabajo o enfermedad común, ha sido dictada la siguiente resolución:
  La Sala resuelve: Que debía desestimar y desestimaba el recurso de aclaración interpuesto por don Ricardo Puertas Díaz, asistido por la letrada doña Manuela García Sánchez, contra la sentencia dictada por esta Sala de lo social en fecha 18 de mayo de 2011, dimanante de los autos número 436 de 2005 del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Notifíquese esta resolución a las partes, quedando advertidas de que contra la misma cabe el mismo recurso que se indicaba procedía contra la sentencia, iniciándose de nuevo el cómputo del plazo a partir de la notificación de este auto.
  Así por este nuestro auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que sirva de notificación a “Guadalba, Sociedad Limitada”, “Deroin, Sociedad Anónima”, y “Benito, Sociedad Anónima”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 5 de octubre de 2011..El secretario (firmado).
  (03/36.048/11)</texto>
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