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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 204 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>270</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 142 
 Ejecución 204 de 2011 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 204 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Viktor Ryhal, contra la empresa “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones en fecha 19 de julio de 2011 a favor de la parte ejecutante, don Viktor Ryhal, frente a la parte ejecutada, “Páramo y Naranjo Promoción de Viviendas, Sociedad Limitada”, y “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, por importe de 5.554,83 euros de principal, más 333,29 euros de intereses presupuestados provisionalmente y 555,48 euros para costas.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba de la demandada “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos y Obras Aljomar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de octubre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.528/11)</texto>
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