<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111121-93</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ROBLEDO DE CHAVELA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/11/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Transferencia créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>276</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-11-21-276181120110064</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/21/BOCM-20111121-93.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/21/BOCM-20111121-93.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/21/BOCM-20111121-93.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 93 
 Transferencia créditos 
  El Pleno del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2011, acordó por mayoría absoluta la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre partidas de gastos de distinto grupo de función que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, referencia al presupuesto del ejercicio 2008, de acuerdo al siguiente detalle:
  
 
   Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Robledo de Chavela, a 16 de noviembre de 2011..El alcalde, Mario A. de la Fuente Estévez.
  (03/38.703/11)</texto>
</documento>