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    <fecha_publicacion>2011/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza movilidad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>278</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VENTURADA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 104 
 Modificación ordenanza movilidad 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de octubre de 2011, adoptó, entre otros, el acuerdo de modificación de la ordenanza de movilidad del municipio de Venturada, el cual ha sido aprobado con carácter provisional, que se elevará automáticamente a definitivo si no se presentaran reclamaciones.
  De conformidad con lo prevenido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, el referido expediente queda expuesto en la Secretaría Municipal por plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno Corporativo.
  Venturada, a 10 de octubre de 2011..El alcalde, Daniel Caparrós López.
  (03/37.551/11)</texto>
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