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    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Realización ejecución subsidiaria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 
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 Realización ejecución subsidiaria 
  A la vista de lo expuesto en el documento de ejecución emitido con fecha 30 de junio de 2011 por los técnicos adscritos al Departamento de Intervención en la Edificación del Servicio de Conservación y Edificación Deficiente, el director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda por su resolución de fecha 14 de julio de 2011, ha dispuesto lo siguiente:
  1.o  Disponer, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones publicada íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2002, modificada por acuerdo plenario de fecha 30 de enero de 2003 y aprobada definitivamente en sesión plenaria de fecha 22 de diciembre de 2003 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 37, de 13 de febrero de 2004), en relación con lo dispuesto en el artículo 170.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la realización en ejecución subsidiaria en la finca número 8 de la calle de Carnicer, de los chequeos, estudios y medidas de seguridad siguientes:
  .	Revisión de apeos metálicos colocados en los corredores interiores de la finca que dan acceso a las estancias interiores de la planta del inmueble.
  .	Revisión del interior de la finca por si fuera necesaria la colocación de nuevos apeos.
  .	Limpieza de la acumulación de excrementos de palomas que pueden provocar problemas de salubridad en el entorno.
  .	Otras medidas que se consideren necesarias para mantener el inmueble en condiciones de seguridad constructiva y salubridad.
  Dichas obras serán llevadas a cabo por “Ortiz, Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”, empresa adjudicataria del Ayuntamiento por decreto de 17 de diciembre de 2007, de la delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, bajo la dirección facultativa de los técnicos municipales adscritos al Servicio de Conservación y Edificación Deficiente.
  2.o  Significar a la propiedad de la finca número 8 de la calle de Carnicer que no se avanza presupuesto al depender del resultado de las pruebas técnicas necesarias para obtener un diagnóstico adecuado de los daños del edificio; por lo que una vez elaboradas las correspondientes certificaciones le será comunicado su importe para su ingreso en las arcas municipales (Unidad de Liquidaciones de Ejecución Sustitutoria), en los plazos que se señalen en el abonaré que le será debidamente notificado en su día por la citada Unidad; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 22 de diciembre de 2003.
  3.o  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3, 4, 6, 7 y 9 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, se pone en conocimiento de la propiedad de la finca número 8 de la calle de Carnicer, que el responsable de seguridad y salud de estas obras será don Juan María Hidalgo Izquierdo de “Applus Norcontrol, Sociedad Limitada Unipersonal”.
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa pudiendo interponer contra la misma con carácter potestativo, recurso de reposición ante la coordinadora general del Área de Urbanismo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Con la presente publicación se consideran notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, a los efectos establecidos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Madrid, a 4 de noviembre de 2011..El jefe del Departamento de Intervenención en la Edificación, L. Carlos Molina Arteche.
  (01/3.478/11)</texto>
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