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    <identificador>BOCM-20111126-114</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/11/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 4. Procedimiento 541 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 114 
 Procedimiento 541 de 2011 
  Doña Cristina Villa Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Colmenar Viejo.
  Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio, reanudación del tracto número 541 de 2011, a instancias de doña Carmen Gallardo Niñas, referido a la siguiente finca:
  Urbana en el término municipal de Moralzarzal, sita en el paraje de Navafría.
  Superficie de 584 metros cuadrados, de los cuales están constuidos 245 metros cuadrados.
  Linda: al Este, con parcela 113 adjudicada a don Gonzalo Sanz Morales; al Sur, con la calle Manzanares el Real; al Oeste, con la parcela 109, de don Juan Adell; al Norte, en dirección Poniente-Saliente, y Oeste, de nuevo, en dirección Sur-Noreste, con la parcela 112, de don Juan Adell, y de nuevo al Norte, con dirección Poniente-Saliente, con la calle de la Cañada.
  Se ha construido un chalé de dos planta destinado a vivienda unifamiliar que ocupa una superficie total de 189 metros cuadrados.
  Inscripción: Registro de la Propiedad de Moralzarzal, al tomo 81, folio 46, libro 9, finca registral número 676, inscripción primera.
  Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.
  En Colmenar Viejo, a 19 de septiembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/8.736/11)</texto>
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