<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20111126-39</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>NAVALAFUENTE</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Navalafuente. Organización y funcionamiento. Ordenanza vandalismo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>281</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-11-26-281211120110196</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/26/BOCM-20111126-39.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/26/BOCM-20111126-39.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/11/26/BOCM-20111126-39.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALAFUENTE</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALAFUENTE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 39 
 Ordenanza vandalismo 
  Mediante acuerdo plenario de fecha 24 de octubre de 2011 se aprobó provisionalmente la ordenanza contra el vandalismo en espacios públicos y protección de la convivencia ciudadana, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se expone al público en el tablón de anuncios de la Entidad, quedando el expediente completo en la Secretaría, abriéndose un plazo de treinta días desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
  En Navalafuente, a 28 de octubre de 2011..El alcalde-presidente, Miguel Méndez Martiáñez.
  (03/37.843/11)</texto>
</documento>