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    <titulo>– Los Molinos. Otros anuncios. Notificación desahucio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOS MOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS 
 OTROS ANUNCIOS
 
 107 
 Notificación desahucio 
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la siguiente notificación:
  En sesión ordinaria realizada por el Pleno de este Ayuntamiento el día 6 de octubre de 2011 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
  7.o  Desahucio de oficio en piscinas municipales..El Pleno Municipal acuerda aprobar la siguiente propuesta de la Alcaldía:
  El Pleno de esta Corporación, en sesión realizada con fecha 7 de julio de 2011, tomó el acuerdo de iniciar el expediente de desahucio administrativo del bien de dominio público consistente en la planta alta del edificio de las piscinas municipales, ya que se encontraban en una de las circunstancias enumeradas en el informe de Secretaría.
  A la vista de que no se han presentado alegaciones por el interesado, propongo al Pleno de esta Corporación la adopción del siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar el desahucio administrativo del bien inmueble descrito anteriormente, que actualmente está ocupado por don Mofaddal El Mech Chat, tal y como se desprende de la autorización dada en su día.
  Segundo..Notificar al interesado la aprobación del desahucio administrativo, requiriéndole para que en el término de quince días desde la recepción de la notificación proceda a formular la proposición sobre la cuantía que estima procedente respecto a la indemnización; advirtiéndole que tiene un plazo de cinco meses a contar desde la notificación para desalojar la finca; pasado este plazo, se requerirá al interesado para que, si no lo hubiere hecho, desaloje el edificio en un plazo de diez días; en el supuesto de no producirse el desalojo, el alcalde procederá al lanzamiento en el plazo de cinco días.
  Tercero..Facultar al alcalde para que suscriba los documentos que sean necesarios en orden a la ejecución de los precedentes acuerdos.
  El presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición, ante el mismo órgano que lo ha adoptado, o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Los plazos para la interposición de los recursos de reposición y contencioso-administrativo serán de uno y dos meses, respectivamente, a contar desde la presente notificación, de conformidad con los artículos 107.1 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
  No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso.
  Los Molinos, a 7 de noviembre de 2011..El alcalde, Juan Pablo González González.
  (02/9.856/11)</texto>
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