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    <fecha_publicacion>2012/01/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Mancomunidad de Servicios Valle Medio del Lozoya. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS VALLE MEDIO DEL LOZOYA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS “VALLE MEDIO DEL LOZOYA”
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación créditos 
    A los efectos de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se hace público, para general conocimiento, que la Junta de la Mancomunidad de Servicios “Valle Medio del Lozoya”, en sesión celebrada el 22 de octubre de 2011, adoptó cuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número 1 de modificación de créditos y suplemento de crédito, que afecta al vigente presupuesto de esta Entidad Local, para la incorporación del remanente libre de tesorería del ejercicio 2010 al actual presupuesto.
           
        Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado expediente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Gargantilla del Lozoya, a 27 de diciembre de 2011..El presidente, José María Fernández Martín.
    (03/44.033/11)</texto>
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