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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 223 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>30</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 223 de 2011 
    Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 223 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonia Arminio Avilés, contra la empresa “Liverty Shops, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva dice:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García..En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Dispongo: despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2011 por la cantidad de 8.173 euros de principal, más la cantidad de 1.634,60 euros fijada provisionalmente en concepto de intereses y costas a favor de la parte ejecutante, doña Sonia Arminio Avilés, frente a “Liverty Shops, Sociedad Limitada”.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Decreto
    En Madrid, a 22 de diciembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Liverty Shops, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 22 de diciembre de 2011..El secretario judicial (firmado).
    (03/2.022/12)</texto>
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