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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 701 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Demanda 701 de 2011 
    Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 701 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José Valero López, contra “Miss Image, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, que es del tenor literal siguiente:
    Diligencia de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pelegrini..En Madrid, a 27 de diciembre de 2011.
    Cumplimentado lo acordado como diligencia final y al amparo de lo preceptuado en el artículo 342 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pone de manifiesto a las partes el resultado de las diligencias practicadas pudiendo examinar los autos en esta Secretaría para conocer su contenido y alegar por escrito cuanto estimen oportuno acerca de su alcance o importancia, todo ello, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución, será precisa la consignación de la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado en el banco “Banesto” sucursal 1143 cuenta número 2499, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
    Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
    Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita)..La secretaria judicial.
    Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Miss Image, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid a 27 de diciembre de 2011..La secretaria judicial (firmado).
    (03/2.178/12)</texto>
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