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    <fecha_publicacion>2012/02/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 259 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

220 

Ejecución 259 de 2011 
    Doña María del Mar Alejo Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 259 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Ángel Uribe Trucios, contra la empresa “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Auto
    En Madrid, a 12 de enero de 2012..Por todo lo cual,
    Parte dispositiva:
    Se declara extinguida la relación laboral que unía a don José Ángel Uribe Trucios con la empresa “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
    Nombre del trabajador: don José Ángel Uribe Trucios.
    Indemnización: 4.579,05 euros.
    Salarios: 16.789,85 euros.
    Notifíquese esta resolución a las partes, y a la ejecutada mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de lo tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, agencia 1033, sucursal sita en la calle Princesa, números 2 y 3, de Madrid, a nombre de este Juzgado con el número 0030/1033/2810/0000/ 30/****/** (número de autos y año en el lugar de los asteriscos), debiendo comunicar ante la entidad bancaria donde se efectúe el ingreso, la clase de recurso que se va a interponer, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Romero-Valdespino Jiménez.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Desarrollo de Franquicias Hosteleras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 12 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/2.816/12)</texto>
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