<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120303-138</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 7 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>54</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-03-03-54230220120097</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/03/BOCM-20120303-138.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/03/BOCM-20120303-138.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/03/BOCM-20120303-138.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/03/BOCM-20120303-138.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

138 

Ejecución 7 de 2011 
    Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 7 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Judith Olivi Betalleluz y don Federico Seminario Zurita, contra la empresa “Engloba Servicios Generales”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de subrogación al Fondo de Garantía Salarial de fecha 1 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna “Abono FGS”, cuyo importe total asciende a 2.615,30 euros.
    Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
    Una vez firme esta resolución, archívese.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla.
    Lo que acuerdo, mando y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Engloba Servicios Generales”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 1 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/5.048/12)</texto>
</documento>