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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 256 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

92 

Ejecución 256 de 2011 
    Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 256 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Ortega Camacho, don José Ricardo Lozano y doña María Ángeles Valdeolivas Guzmán, contra la empresa “Proyectos de Aluminio y Cristal Carbe, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 25 de enero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución número 256 de 2011, a favor de la parte ejecutante, don Miguel Ángel Ortega Camacho, don José Ricardo Lozano y doña María Ángeles Valdeolivas Guzmán, frente a “Proyectos de Aluminio y Cristal Carbe, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.576,96 euros en concepto de principal, más otros 334,62 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 557,70 euros de las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
    Y en orden al inicio de la presente, procédase a realizar consulta telemática a través del Punto Neutro Judicial sobre averiguación patrimonial de la empresa ejecutada.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.
    Así lo acuerda, manda y firma su señoría, el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco..Doy fe.
    Acuerdo: Acumular la presente ejecución a las ejecuciones seguidas en este Juzgado con el número 110 de 2011, ascendiendo el principal por el que se siguen los tres procedimientos a 65.226,01 euros de principal, más 3.853,55 euros de intereses presupuestados provisionalmente y 6.422,60 euros de costas también provisionalmente presupuestadas. Líbrense los oficios correspondientes a fin de comunicar la nueva cantidad a la que asciende la ejecución.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Proyectos de Aluminio y Cristal Carbe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 6 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/5.675/12)</texto>
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