<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120313-157</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 149 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>62</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-03-13-62120320120150</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/13/BOCM-20120313-157.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/13/BOCM-20120313-157.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/13/BOCM-20120313-157.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/13/BOCM-20120313-157.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
    EDICTO
 

157 

Ejecución 149 de 2011 
    Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 149 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Francisco Díaz Rodríguez, don Óscar Camiña de Gracia y don Alberto Cid Expósito, contra la empresa “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto y decreto de 22 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Auto
    Dispongo: despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Francisco Díaz Rodríguez, don Óscar Camiña de Gracia y don Alberto Cid Expósito, frente a “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 94.375,32 euros en concepto de principal, más otros 5.662,52 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 9.437,53 euros de costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Del principal que asciende a 94.375,32 euros corresponde a don Óscar Camiña de Gracia la cantidad de 27.377,93 euros, a don Alberto Cid Expósito la cantidad de 18.361,48 euros y a don Francisco Díaz Rodríguez la cantidad de 48.635,91 euros.
    Decreto
    En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
    El embargo de los bienes de “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, designados por la ejecutante, en concreto:
    . Créditos a favor de la demandada que existan en la entidad Fundación Punto Omega, sita en la calle Ricardo Meden, número 20, 28931 Madrid.
    . Vehículos: “Nissan” Atelón 110, matrícula 5064 BBC; “Kia” Carnival, matrícula 3131 BPW; “Nissan” Primar Star, matrícula 9973 DWG; “Toyota” Avensis, matrícula 3465 FJW.
    . Maquinaria industrial despositada en la nave, entre las cuales se encuentran un compresor, una guillotina, una sierra, una plegadora, dos soldaduras, un motosoldador.
    Librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.
    Requerir a “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
    Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
    Requerir de pago a “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de esta, librándose al efecto mandamiento a la Comisión Judicial para que practique el requerimiento.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diseños Serca, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 8 de febrero de 2012..El secretario judicial, Fernando Benítez Benítez.
    (03/7.566/12)</texto>
</documento>