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    <departamento>FUENTIDUEÑA DE TAJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Tasa matrimonios civiles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>64</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuentidueña del Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Tasa matrimonios civiles 
    El Pleno del Ayuntamiento de Fuentidueña de Tajo en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2012, acordó la aprobación inicial de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por prestación del servicio de celebración de matrimonios civiles y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Fuentidueña de Tajo, a 20 de febrero de 2012..La alcaldesa, Aurora Rodríguez Cabezas.
    (03/7.999/12)</texto>
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