<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120315-92</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.449 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>64</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2012-03-15-64010320120090</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/15/BOCM-20120315-92.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/15/BOCM-20120315-92.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/15/BOCM-20120315-92.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/15/BOCM-20120315-92.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

92 

Demanda 1.449 de 2010 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.449 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Sanz Herrera, contra la empresa “Azalium Promoimport, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    En nombre del Rey ha dictado la siguiente
    Sentencia número 506 de 2011
    En Madrid, a 18 de octubre de 2011..Su señoría, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, seguidos a instancias de don Francisco Javier Sanz Herrera, asistido del letrado don Francisco Lorenzo Daza, colegiado número 48.707, contra “Azalium Promoimport, Sociedad Limitada”, que no comparece.
    Fallo
    Procede estimar en parte la demanda planteada por don Francisco Javier Sanz Herrera, contra la empresa “Azalium Promoimport, Sociedad Limitada”, y debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad total de 9.216 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/ 001449/10, el importe del principal y 150,25 euros.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Azalium Promoimport, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/6.525/12)</texto>
</documento>