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    <titulo>Madrid número 27. Demanda 832 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

165 

Demanda 832 de 2010 
    Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 832 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Vanesa Jiménez Alcalá, contra la empresa “Residencia Geriátrica Santa Matilde, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:
    Que estimando la demanda interpuesta por doña Vanesa Jiménez Alcalá, contra “Residencia Geriátrica Santa Matilde, Sociedad Limitada”, en concurso, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.516,98 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
    Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda.
    Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso.
    Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Residencia Geriátrica Santa Matilde, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 10 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/6.521/12)</texto>
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