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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 36 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>66</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 36 de 2012 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 36 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santos Cerrada Calleja, contra la empresa “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 13 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 13 de febrero de 2012.
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Procede despachar ejecución de la sentencia dictada en estos autos a instancias de la parte ejecutante don Santos Cerrada Calleja, frente a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 610,37 euros en concepto de principal, más otros 61,03 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
    Contra este auto cabe recurso de reposición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, y todo ello conforme a los términos previstos en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Decreto
    Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 13 de febrero de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “ATC Group Operadores Logísticos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 13 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/6.728/12)</texto>
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