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    <titulo>Madrid número 56. Procedimiento ordinario 1.508 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56
    EDICTO
 

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Procedimiento ordinario 1.508 de 2008 
    Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 1.508 de 2008, seguido en este Juzgado a instancias de junta de compensación de la “Urbanización de la Alarilla”, contra doña Dolores Úbeda Pérez y don Antonio Bravo Alonso, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
    Sentencia número 1 de 2012
    En Madrid, a 10 de enero de 2012..Doña Ana Cristina Lledó Fernández, magistrada-juez de primera instancia del número 56 Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.508 de 2008, seguido ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, la entidad junta de compensación de la “Urbanización de la Alarilla”, con procuradora doña Celia López Ariza, y de otra parte, como demandados, doña Dolores Úbeda Pérez y don Antonio Bravo Alonso, y en atención al siguiente
    Fallo
    Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña Celia López Ariza, en nombre y representación de junta de compensación de la “Urbanización de la Alarilla”, frente a doña Dolores Úbeda Pérez y don Antonio Bravo Alonso, debo condenar y condeno a los referidos demandados a que abonen a la actora la cantidad de 22.888,35 euros, que devengará los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y con expresa imposición de las costas procesales en esta litis a la referida parte demandada.
    Notifíquese esta resolución a las partes.
    Modo de impugnación: mediante recurso de apelación en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguientes de la notificación.
    Y previa constitución de un depósito de 50 euros que se consignará en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 2.653, en el modo y forma previstos por la disposición adicional de la Ley 1/2009, de 3 de noviembre.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Publicación
    Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha..Doy fe.
    Y como consecuencia del ignorado paradero de don Antonio Bravo Alonso, para que sirva de notificación al referido demandado y para su publicación en el tablón de anuncios de esta Secretaría y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Madrid, a 16 de enero de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/2.001/12)</texto>
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