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    <titulo>Madrid número 22. Demanda 515 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

159 

Demanda 515 de 2011 
    Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 515 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Rosario Yebra Molina, contra la empresa “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 9 de febrero de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Rosario Yebra Molina, contra “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.190,47 euros en concepto de cuantías salariales adeudadas y liquidación.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Rescalvo Mantenimiento y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 9 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/7.938/12)</texto>
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