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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 1.146 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

119 

Demanda 1.146 de 2010 
    Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.446 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa García Salvador, contra la empresa “Delicátium Vitoria, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Ángela Mostajo Veiga..En Madrid, a 26 de septiembre de 2011.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Rosa García Salvador, frente a “Delicátium Vitoria, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 2.409 euros en concepto de principal, más 144 euros y 240 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Delicátium Vitoria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 20 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/8.324/12)</texto>
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