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    <fecha_publicacion>2012/04/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Ejecución 191 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

204 

Ejecución 191 de 2011 
    Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 191 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Porras Baizán, don Manuel Chans Castro, don Reinerio Fernández Alperi, doña Natalhie García García, don José Andrés Crespo Santiago, don Jesús Ramón Facal Facal, don José Joaquín Marichalar Rosa, don Omar Bajía, don Pedro Pisano Barro, don Marcos Sierra San Román y don Jaime Bosque Campos, contra la empresa “Bloisdel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Antonio Porras Baizán, don Manuel Chans Castro, don Reinerio Fernández Alperi, doña Natalhie García García, don José Andrés Crespo Santiago, don Jesús Ramón Facal Facal, don José Joaquín Marichalar Rosa, don Omar Bajía, don Pedro Pisano Barro, don Marcos Sierra San Román y don Jaime Bosque Campos, frente a “Marítima Alegranza, Sociedad Limitada”, y “Bloisdel, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 242.630,16 euros en concepto de principal, más 14.558 euros y 24.263 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de esta ejecución.
    No ha lugar a despachar ejecución respecto de “Asmar Corporación Logística, Sociedad Limitada”, “Contenemar, Sociedad Anónima”, “Isleña Marítima de Contededores, Sociedad Anónima”, “Marítima Tarfaya, Sociedad Limitada”, e “Imot, Sociedad Limitada”, las cuales se encuentran en concurso de acreedores.
    Líbrense oficios a los Juzgados de lo mercantil números 9, 12 y 1 para que remitan testimonio del auto declarando a las empresas en concurso.
    Contra este auto cabe recurso de reposición en el plazo de tres días a contar desde el siguiente a la notificación del auto, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución podrá deducir oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, de la calle Princesa, número 2, de Madrid, número cuenta 2808/0000/00/0000/00, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bloisdel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
    En Madrid, a 24 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/9.423/12)</texto>
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