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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 170 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

97 

Ejecución 170 de 2010 
    Don Miguel Ángel Sánchez Grande, secretario judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 170 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ramón Quiroga Castro, contra la empresa “Code Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
    Diligencia de ordenación de fecha 24 de febrero de 2012, así como parte dispositiva del auto resolutorio de incidente de fecha 16 de enero de 2012, cuya parte dispositiva se acompaña.
    Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Miguel Ángel Sánchez Grande..En Madrid, a 24 de febrero de 2012.
    Consultado el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, parece que ha existido un error en la resolución que ha sido publicada, por lo cual subsánese el mismo procediendo a remitir nuevamente oficio con la publicación de la presente resolución y de la parte dispositiva del auto resolviendo incidente de fecha 16 de enero de 2012.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el secretario judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma..El secretario judicial (firmado).
    Parte dispositiva:
    Se declara resuelta la relación laboral que unía a la parte actora con la demandada, y se condena a esta a que indemnice a los actores en la cantidad de 26.398,35 euros en concepto de indemnización; absolviendo al resto de demandadas en el presente incidente de los pronunciamientos contenidos en su contra en los escritos presentados.
    Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este juzgado dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
    Modo de impugnarla: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrán interponer recurso de reposición que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).
    El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:
    a)  Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado, sita en “Banesto”, calle Princesa, número 3, tercera planta, número de cuenta corriente 2506/0000/ 64/0170/10.
    b)  Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/ 1143/50/0000000000, y en conceptos indicar el número de cuenta corriente 2506/ 0000/64/0170/10, número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.
    Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Code Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 24 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/9.390/12)</texto>
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