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    <titulo>– Navalcarnero. Organización y funcionamiento. Ordenanza circulación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Ordenanza circulación 
    Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de marzo de 2012, se aprobó provisionalmente la ordenanza municipal de circulación para el municipio de Navalcarnero.
    De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, Regulador de las Bases del Régimen Local, el referido expediente se somete a información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos de  la Corporación, a fin de que los interesados puedan examinarlos en la Secretaría y presentar cuantas reclamaciones y sugerencias estimen oportunas.
    Si al término del período de exposición no se hubieran presentado reclamaciones, el expediente con sus acuerdos se considerarán definitivamente aprobados.
    En Navalcarnero, a 20 de marzo de 2012..El alcalde-presidente, Baltasar Santos González.
    (03/10.932/12)</texto>
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